Todos los exrectores de la Universidad de La Laguna que lo soliciten podrán ser considerados docentes honorarios. La institución lagunera, que publicó recientemente la modificación del Reglamento de Distinciones y Honores en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), no exigirá que los dirigentes académicos necesiten el aval del departamento. En términos generales, este nombramiento tiene una duración máxima de dos años, periodo que se puede prorrogar por un solo plazo más de idéntico tiempo.
Tanto los nuevos como las renovaciones deberán ser aprobadas por Consejo de Gobierno y no estarán incluidos dentro del número de plazas fijadas en cada convocatoria. En el resto de los casos, cuando el número de solicitudes superara los puestos fijados cada año, la situación se resolverá atendiendo a criterios por orden de importancia. En este sentido, tendrán preferencia las peticiones de profesores jubilados forzosos y aquellos que tengan más sexenios reconocidos.
Si resulta un empate, «se tendrá en cuenta el mayor número de proyectos de investigación como IP, los convenios o contratos de transferencia en innovación, de tramos de docencia reconocidos, de tesis dirigidas y, si fuera necesario, de antigüedad en la ULL».
Los docentes que hayan sido nombrados eméritos no podrán pedir esta condición. Asimismo, aquellos que hayan sido jubilados por incapacidad permanente para el servicio no podrán acogerse a esta figura establecida en el Reglamento de Honores y Distinciones del centro.